SR. USUARIO:

En este apartado Ud. podrá declarar las mejoras de su inmueble con el fin de evitar la aplicación de MULTAS (Art. 11 de la Ley N° 3623/1979), derivadas de la incorporación automática de las mejoras que continuamente releva la DPI.


A tal efecto, deberá contar con la siguiente documentación:

- Número de Padrón.

- Croquis y/o plano de la superficie edificada.

- Fotografía del frente de la propiedad.

- Fotografía o video del interior de la propiedad.

- Datos completos del propietario (número de CUIL, domicilio)

Para dar inicio a la gestión, es requerido que registre su usuario de manera personal, con la posterior verificación (ver instructivo).