SR. USUARIO:
En este apartado Ud. podrá declarar las mejoras de su inmueble con el fin de evitar la aplicación de MULTAS (Art. 11 de la Ley N° 3623/1979), derivadas de la incorporación automática de las mejoras que continuamente releva la DPI.A tal efecto, deberá contar con la siguiente documentación:
- Número de Padrón.
- Croquis y/o plano de la superficie edificada.
- Fotografía del frente de la propiedad.
- Fotografía o video del interior de la propiedad.
- Datos completos del propietario (número de CUIL, domicilio)
Para dar inicio a la gestión, es requerido que registre su usuario de manera personal, con la posterior verificación (ver instructivo).